La República Dominicana cuenta con un nuevo marco reglamentario para supervisar y regular el béisbol profesional y recreativo, así como las academias, ligas y programas de desarrollo vinculados a una de las actividades deportivas más importantes del país.
Mediante el Decreto núm. 601-26, promulgado el 26 de agosto de 2026, el Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana.
La normativa busca ordenar el funcionamiento del sector, fortalecer los mecanismos de control y ampliar la protección de quienes participan en sus distintos niveles, especialmente menores, prospectos, jugadores y atletas en formación.
En tres «lanzamientos»
- El Decreto 601-26 crea un marco de supervisión para el béisbol profesional y recreativo en República Dominicana.
- La normativa alcanza academias, ligas, prospectos, scouts, agentes, representantes, entrenadores y árbitros.
- La protección de menores de edad es uno de los puntos centrales del nuevo reglamento.
El Decreto 601-26 abre una nueva etapa para el béisbol dominicano. La norma aprobada por el Poder Ejecutivo establece el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana, con el objetivo de ordenar una industria clave para el país.
El reglamento no se limita al béisbol profesional. Su alcance incluye ligas, equipos, jugadores, academias, prospectos, agencias, representantes, intermediarios, entrenadores, árbitros, scouts y programas de desarrollo.
Estas son las diez claves para entender qué cambia.
1. Crea un marco general de supervisión
El Decreto 601-26 establece reglas comunes de supervisión, registro y seguimiento para los distintos participantes del sistema de béisbol dominicano.
Entre sus principios figuran la legalidad, integridad deportiva, transparencia, debido procedimiento administrativo, protección de los atletas, igualdad de oportunidades, seguridad, prevención de conflictos de interés y buena fe.
La norma busca que el béisbol deje de funcionar en zonas grises y avance hacia un sistema más organizado, verificable y sujeto a reglas.
2. Designa al Comisionado Nacional de Béisbol como autoridad competente
La aplicación del reglamento estará a cargo de la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, órgano funcionalmente desconcentrado del Ministerio de Deportes y Recreación.
Esa dirección tendrá una estructura encabezada por una Dirección Ejecutiva y dos áreas sustantivas: la Dirección Técnica y la Dirección de Regulación del Béisbol.
La Dirección Técnica se enfocará en supervisión técnica, infraestructura, academias, entrenamiento, seguridad y dopaje, mientras la Dirección de Regulación del Béisbol tendrá a su cargo el registro y la supervisión administrativa de los actores del sector.
3. Crea el Registro Nacional del Sistema de Béisbol
Uno de los pilares del decreto será el Registro Nacional del Sistema de Béisbol.
Este mecanismo permitirá inscribir, certificar, verificar y dar seguimiento a los actores y entidades vinculadas a la actividad.
En ese registro deberán figurar ligas, equipos, jugadores, academias, agencias, representantes, intermediarios, entrenadores, árbitros, scouts y otros actores relacionados con el béisbol.
El reglamento aclara que la inscripción en este registro no sustituye licencias, permisos o autorizaciones que puedan corresponder a otras autoridades competentes.
4. Supervisa contratos, jugadores y transferencias
En el béisbol profesional, el reglamento contempla mecanismos vinculados con el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos.
La normativa incorpora condiciones mínimas de protección contractual, transparencia, consentimiento informado y seguimiento de participantes.
También regula aspectos de integridad deportiva, como la prevención de manipulación de competiciones, conflictos de interés y dopaje.

5. Pone nuevas exigencias a las academias
Las academias de béisbol quedan en el centro del nuevo marco regulatorio.
El decreto establece que deberán registrarse y cumplir condiciones relacionadas con seguridad, salubridad, higiene y mantenimiento de sus instalaciones.
Cuando una academia ofrezca alojamiento, alimentación o transporte, las obligaciones serán mayores, con énfasis en habitabilidad, nutrición, trato digno, salud, seguridad y protección de derechos.
El objetivo es que el desarrollo deportivo de los prospectos no se produzca a costa de su bienestar físico, educativo o emocional.
6. Refuerza la protección de menores de edad
Este es el punto de mayor sensibilidad pública.
El Decreto 601-26 establece una protección especial para los menores de edad que participen en actividades vinculadas al béisbol, desde el reclutamiento y la evaluación hasta el entrenamiento y el desarrollo.
Para determinadas actividades será necesaria la autorización de padres, madres, tutores o responsables legales.
La normativa busca prevenir abuso, explotación, acoso, discriminación, negligencia, sobreentrenamiento y abandono escolar.
También procura proteger educación, salud, descanso, desarrollo integral, dignidad, seguridad y participación familiar.
7. Regula agencias, representantes, intermediarios y scouts
El reglamento incorpora al sistema de supervisión a quienes participan en la identificación, representación y desarrollo de jugadores.
Agencias, representantes, intermediarios y scouts quedarán comprendidos dentro del Registro Nacional del Sistema de Béisbol y de las normas de supervisión administrativa.
La regulación pone énfasis en la transparencia y la buena fe, especialmente en procesos de representación, reclutamiento, evaluación y negociación.
En el caso de los prospectos, el reclutamiento y la evaluación deberán realizarse sin prácticas engañosas o abusivas.
8. Incluye el béisbol recreativo
El decreto no se limita al béisbol profesional ni a las academias.
También establece disposiciones para el béisbol recreativo, incluyendo la supervisión de ligas y organizaciones, el registro y categorización de jugadores y equipos, la organización de eventos, la certificación de entrenadores y la capacitación de árbitros.
Además, contempla condiciones de seguridad en instalaciones y exige una póliza de responsabilidad civil para los equipos.
La normativa también promueve coordinación con la Federación Dominicana de Béisbol para fortalecer programas de desarrollo y organización de la disciplina.
9. Permite inspecciones, denuncias y medidas preventivas
La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol tendrá facultades de control para verificar el cumplimiento del reglamento.
Entre sus funciones estarán realizar inspecciones, recibir quejas y denuncias, exigir medidas de subsanación, dar seguimiento a incumplimientos y adoptar medidas administrativas preventivas en casos de riesgo grave o inminente.
Estas medidas podrán aplicarse cuando exista peligro para la salud, la seguridad o los derechos de los participantes.
El propio reglamento establece que las actuaciones administrativas deberán respetar legalidad, proporcionalidad, debido procedimiento y derecho de defensa.
10. Protege datos personales y crea vías de solución de conflictos
Otro punto relevante es la protección de la confidencialidad y los datos personales.
Esto adquiere importancia por la cantidad de información sensible que puede concentrarse en procesos de registro, evaluación de jugadores, seguimiento de prospectos y actividades de academias, especialmente cuando se trata de menores de edad.
El reglamento también contempla mecanismos de solución de conflictos mediante conciliación, mediación y arbitraje, cuando corresponda.
Además, promueve coordinación institucional y la elaboración de estadísticas e informes sobre el funcionamiento del sistema de béisbol.
Qué significa para el béisbol dominicano
El Decreto 601-26 representa una nueva estructura de regulación para el ecosistema del béisbol en República Dominicana.
Su alcance va desde los torneos profesionales hasta las ligas recreativas, las academias donde se forman prospectos y los actores que intervienen en el reclutamiento, representación, entrenamiento y evaluación de jugadores.
La norma preserva la validez de registros y certificaciones expedidos anteriormente conforme a las normas vigentes, deroga disposiciones contrarias de igual o inferior jerarquía y entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
El gran reto será la implementación. El país tiene ahora un marco más amplio para ordenar academias, proteger menores, registrar actores, supervisar contratos, fiscalizar instalaciones y recibir denuncias. Pero la prueba real vendrá cuando esas reglas lleguen al terreno: a las ligas, a las academias, a los programas de desarrollo y a los espacios donde miles de niños y adolescentes persiguen el sueño de convertirse en peloteros profesionales.
